BASES PROMOCIONALES
PRIMERO. Antecedentes.INMOBILIARIA BANDERA ROSAS SpA, Rol Único Tributario número 76.825.113-4, INMOBILIARIA SUR VEINTIOCHO SpA, Rol Único Tributario número 76.899.701-2, INMOBILIARIA SUR VEINTISEIS SpA, Rol Único Tributario número 76.899.696-2, INMOBILIARIA SUR TREINTA Y SEIS SpA, Rol Único Tributario número 76.839.958-1, INMOBILIARIA SUR TRECE Spa, Rol Único Tributario número 76.751.436-0, INMOBILIARIA SUR DIECINUEVE SpA, Rol Único Tributario número 76.882.229-8, INMOBILIARIA SUR SEIS SpA, Rol Único Tributario número 76.650.693-3, INMOBILIARIA SUR VEINTICINCO SpA, Rol Único Tributario número 76.899.795-0, INMOBILIARIA SUR TREINTA Y TRES SpA, Rol Único Tributario número 76.899.715-2, INMOBILIARIA PARQUE RIESCO SpA, Rol Único Tributario número 77.035.715-2, INMOBILIARIA IC Dieciocho SpA, Rol Único Tributario número 77.142.402-3, en adelante todas denominadas también como “las Inmobiliarias”, llevarán a cabo una promoción dirigida a los clientes que reserven alguna unidad de departamento en los días y sobre las unidades que se indican en las cláusulas siguientes, de los Proyectos Habitacionales desarrollados por cada Inmobiliaria antes mencionada.
SEGUNDO. De las personas que tienen derecho a participar de esta promoción.-
Tendrán derecho a participar en la promoción objeto de estas bases, aquellas personas mayores de 18 años que reserven, por medio de la página web blackinmobiliario.icuadra.cl las unidades, en donde previamente deberá aceptar los “Términos y Condiciones”, alguna unidad de departamento que se indican más adelante, de los siguientes proyectos habitacionales: Edificio Parque del Sur, Comuna de Santiago, Edificio San Nicolás, Comuna de San Miguel, Edificio Smart Isla Teja, Comuna de Valdivia, Edificio Vista Puerto Varas, Comuna de Puerto Varas, Edificio California, Comuna de Providencia, Smart Francia, Comuna de Osorno, Edificio Smart La Florida, Comuna de La Florida, Smart Reloncaví, Lomas de Reloncaví, Comuna de Puerto Montt, Portal Mirador, Comuna de Puerto Montt, Rahue Centro I, Comuna de Osorno.
TERCERO. De la vigencia de la promoción.-
Esta promoción tendrá vigencia durante el Black Inmobiliario 2024, que se realizará del 21 de octubre, a partir de las 23:59 horas y se extenderá hasta el día 23 de octubre de 2024 hasta las 23:59. Sin perjuicio de lo anterior, las Inmobiliarias, se reservan el derecho a renovar la vigencia de esta promoción mes a mes, y, por ende, a otorgar el beneficio que da cuenta el presente instrumento, mediante declaración expresa de sus representantes legales, o de uno cualquiera de sus apoderados sin ser necesaria la modificación de las presentes bases.
CUARTO. Sobre la promoción.-
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Los clientes podrán reservar, en la página blackinmobiliario.icuadra.cl, con un valor promocional de $200.000 una unidad de departamento de la tipología que se indica en las bases legales.
Sin perjuicio de lo anterior, la disponibilidad de los departamentos en promoción queda sujeta a la confirmación de stock por parte de cada Inmobiliaria.
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Los clientes deberán ser mayores de 18 años, y podrán reservar a través de la página web blackinmobiliario.icuadra.cl, de acuerdo a la tabla descrita con anterioridad, previa aceptación de los “Términos y Condiciones”, pago vía Transbank en la página web, en sala de ventas o transferencia a la cuenta corriente de cada Inmobiliaria.
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Los clientes podrán reservar al valor promocional de $200.000 los días 21 de octubre, a partir de las 23:59 horas y se extenderá hasta el día 23 de octubre las 23:59, todos del año 2024.
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Una vez hecha la reserva, el cliente no podrá pedir el reembolso de lo pagado en los siguientes casos: (i) si cliente no suscribe promesa de compraventa dentro del plazo de 10 días corridos, desde que se hizo efectiva la reserva; (ii) en caso de que cliente no presente finiquito laboral notariado; (iii) en caso que cliente no presente certificado médico de enfermedad grave o terminal; (iv) si cliente no presenta a lo menos 3 rechazos formales de bancos reconocidos de la plaza.
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Los clientes que reserven en los días antes mencionados, sobre alguna unidad indicada, podrán ser beneficiarios de hasta un 30% de descuento en la compra de alguna unidad de departamento, de conformidad a lo señalado en bases legales.
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Esta promoción no podrá ser acumulada con otras promociones desarrolladas por las Inmobiliarias.
QUINTO. Condiciones esenciales.-
Clientes deberán ser mayores de 18 años y deberán pagar la reserva por alguna de las unidades antes mencionadas en la “Tabla 1”, en alguno de los días señalados en el número Tres de las presentes bases. Si el respectivo contrato de promesa de compraventa o contrato de compraventa u oferta de compra se revocare, resciliare o en general quedare sin efecto, ya sea por la vía convencional, arbitral o judicial, el cliente no tendrá derecho a exigir beneficio alguno.
SEXTO. Publicidad posterior a la promoción. -
El adquirente beneficiado con esta promoción autoriza en forma irrevocable por el sólo hecho de aceptar el beneficio, a las Inmobiliarias para publicitar por cualquier medio que estime pertinente, sea éste visual, audiovisual u otra análoga, el beneficio que hubiere obtenido.
SEPTIMO. Efectos.-
Para todos los efectos a que haya lugar, serán competentes los Tribunales de Justicia de la ciudad de Santiago.
Protocolización. Las presentes bases serán protocolizadas en la Notaria de Santiago de don Alberto Mozó Aguilar, debiendo procederse de la misma forma respecto de cualquier modificación que la Inmobiliaria resolviere introducir a las mismas, salvo prórroga de vigencia.